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Miércoles 10 de diciembre de 2025 Horas

La 4T sigue su lucha contra la libre expresión de medios de comunicación y ciudadanos

Ley de Extorsión: herramienta contra el crimen o riesgo para la libertad de expresión


Redacción 10/DIC/2025 13:16

México, CDMX.- El debate por la recién publicada Ley General de Extorsión no tardó, ya que mientras las autoridades la presentan como una medida para enfrentar a grupos criminales, especialistas en libertad de expresión advierten que algunos artículos están redactados de forma tan vaga que podrían usarse para perseguir a periodistas o cualquier persona que difunda información incómoda.

La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, impulsada por Claudia Sheinbaum y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de Noviembre, crea un marco nacional homogéneo, es decir un mismo tipo penal de extorsión aplicable en toda la República, la extorsión será perseguida de oficio lo que significa que no se requiere denuncia de la víctima para que las autoridades actúen y la sanción general prevista es de 6 a 15 años de prisión, pero en casos con agravantes, por ejemplo si intervienen servidores públicos, coerción desde prisiones, grupos criminales, etcétera, la ley contempla castigos mucho más severos. Además obliga a que fiscalías (federal y estatales) cuenten con unidades especializadas para investigar extorsión, con personal capacitado, lo que busca mejorar la persecución del delito en todo el país.

En su justificación, el gobierno federal argumenta que la extorsión ha crecido de forma preocupante, que actualmente muchas variantes, desde cobro de piso hasta extorsión telefónica o digital, no están siendo perseguidas eficazmente, y que por eso hacía falta una ley general que tipificara claramente el delito a nivel federal. Sin embargo, aunque la ley puede ayudar a combatir un delito real y grave, varias organizaciones defensores de derechos humanos y libertad de expresión, como Artículo 19, advierten riesgos importantes.

Entre sus preocupaciones está la definición excesivamente amplia de “extorsión” pues el artículo 15 de la ley tipifica como extorsión “obligar a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo” que cause perjuicio moral, psicológico o patrimonial, sin necesidad de probar violencia, amenazas o coacción, lo que abre la puerta a interpretaciones muy amplias. La fracción V del artículo 17 considera como agravante el uso de “medios, dispositivos o plataformas” para emitir información, lo que, dicen los críticos, puede abarcar desde notas periodísticas hasta publicaciones en redes sociales.

También se habla de una posible criminalización de la crítica, el periodismo o el activismo, ya que bajo esa redacción un periodista o medio podría enfrentar una acusación de extorsión si una autoridad considera que su nota provocó “daño moral o psicológico” o “afectó su reputación”, aunque no haya amenazas explícitas. Las redes sociales, blogs, transmisiones o cualquier plataforma digital podrían también quedar bajo riesgo jurídico si se interpreta que su contenido “obliga a tolerar algo”.

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